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FechaTítuloResumen
10-dic-2018Escudero (causa Nº 15401)Tres personas tuvieron un accidente de tránsito. Una de ellas bajó del automóvil y arrojó una sustancia estupefaciente a escasos metros del lugar. Personal policial observó el hecho y secuestró la droga. Además, labró el acta de secuestro del material y se detalló su peso. Por ese hecho, las personas fueron imputadas por el delito de tenencia de estupefacientes. Al efectuarse la pericia química sobre la droga, los peritos informaron un pesaje diferente al detallado en el procedimiento policial. Por tal razón, se ordenó la reconstrucción del peso de la sustancia estupefaciente. El procedimiento aportó el mismo resultado que el estudio pericial. En la etapa de juicio, la defensa planteó la nulidad del acta de secuestro, de la pericia química y de todo lo actuado en consecuencia. En tal sentido, sostuvo que la cadena de custodia del material había sido deficiente, por lo que se no podía conocer con exactitud cuál era el objeto del delito imputado. En esa línea, solicitó el sobreseimiento de sus asistidos. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal desistió de la acción penal.
18-sep-2018Varas (Causa Nº 8652)A través de la ventanilla de un vehículo, dos personas efectuaron un “pasamanos”. El hecho fue observado por personal policial, que interceptó el vehículo y secuestró de su interior dieciocho gramos de marihuana, papeles para el armado de cigarrillos, dinero en efectivo, recortes de nylon y teléfonos celulares. Además, detuvo a las personas. De los estudios periciales efectuados sobre los dispositivos, se obtuvieron fotografías en las que se observaban bloques compactos de marihuana, cigarrillos artesanales y plantas. Además, se hallaron mensajes de texto correspondientes a actividades de compra-venta de estupefacientes. Sobre la base de dichas consideraciones, el juzgado dictó el procesamiento de las personas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, consideró que la resolución no poseía argumentos suficientes para vincular a sus asistidos con la figura imputada.
26-may-2015SGEl Tribunal Oral había concedido la suspensión del juicio a prueba a una persona. El juez de ejecución resolvió tener por extinguido el término de control de las reglas de conducta y dejó a consideración del tribunal oral la decisión de la cuestión relativa a la reparación del daño. El tribunal revocó la probation sin haber efectuado la audiencia prevista en el artículo 515 CPPN. Para llegar a esa conclusión, sostuvo que el imputado había cometido un nuevo delito durante el término de la suspensión y, además, no había cumplido con las reglas que se le impusieron. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.